Sanidad, obligada a publicar la cifra de objetores que no practican abortos en Castilla y León

25/05/23

Transparencia exige a la Consejería que facilite el número de ginecólogos acogidos a este derecho porque todas las provincias, excepto Burgos, derivan los derivan a clínicas privadas sin justificar con datos si es necesario 

L a edición del periódico El Mundo de Castilla y León, ha publicado un amplio reportaje en el que analiza la objeción de conciencia relacionada con la IVE. En el reportaje la redacción del rotativo contó con la opinión del Dr. Abel Renuncio Roba, integrante de la Junta Directiva de la SEC. Éste es el reportaje íntegro (https://diariodecastillayleon.elmundo.es/articulo/castilla-y-leon/sanidad-obligada-publicar-cifra-objetores-que-practican-abortos-castilla-leon/20230519133432071445.html):

 LAURA G. ESTRADA | VALLADOLID

Los hospitales de Miranda de Ebro y el Universitario de Burgos son los únicos centros públicos de Castilla y León donde se practican abortos. Y han empezado a hacerlo hace pocos años. En el resto de provincias, las mujeres siguen siendo derivadas a una clínica privada para interrumpir su embarazo, ya sea por motivos clínicos o por tratarse de una gestación no deseada. Sacyl mantiene que no puede asumir con recursos propios esta prestación porque el grueso de sus profesionales se han declarado objetores de conciencia para no practicar este procedimiento. 

Pero, ¿cuántos de sus cerca de 220 ginecólogos están, en concreto, acogidos a este derecho profesional y cuántos sí están disponibles para practicar un procedimiento incluido en la cartera de servicios y que, por ley, debe prestarse salvo excepciones justificadas en centros públicos? La Consejería de Sanidad se negaba a precisar esta información. Ahora tendrá que hacerlo, obligada por una resolución de la Comisión de Transparencia en respuesta a una reclamación presentada por EL MUNDO DE CASTILLA Y LEÓN.

Según las últimas cifras publicadas por el Ministerio de Sanidad, correspondientes a 2021, en la Comunidad sólo se realizaron en centros públicos 60 de las 2.597 interrupciones voluntarias del embarazo registradas. Es decir, apenas representan el 2%, si bien el vocal de la junta directiva de la Sociedad Española de Contracepción, Abel Renuncio, estima que este año la media autonómica se habrá incrementado hasta el 10-11%, puesto que el hospital de Burgos incorporó los procesos el año pasado –los farmacológicos, aunque no los quirúrgicos– y, por tanto, sus datos no están incluidos en esa estadística oficial. 

Castilla y León destina medio millón para externalizar los abortos por la objeción de conciencia de sanitarios

La externalización de este procedimiento no es una práctica exclusiva de esta autonomía; tradicionalmente ha estado generalizada en todas las comunidades, aunque en los últimos años la sanidad pública ha ido aumentando su porcentaje en el conjunto del país y la media nacional alcanza ya el 16% (de los 90.189 abortos de 2021 en el país, 14.125 fueron en centros públicos y 76.064 en privados). Cantabria, Baleares y Cataluña con las únicas donde el porcentaje de concertación no llega a la mitad de los casos.

Territorios como Castilla y León, sin embargo, continúan por la senda de externalizar las interrupciones del embarazo sin revisar la disponibilidad de recursos propios y evitando dar demasiadas explicaciones sobre una realidad incómoda para la Administración autonómica. Y más ahora que el anuncio de un ‘protocolo antiaborto’ por parte de VOX avivó en enero la polémica en torno a las prácticas clínicas para garantizar el derecho de las mujeres de interrumpir su embarazo con todas las garantías y dentro de los plazos legalmente previstos. 

En definitiva, sin ningún tipo de estadística oficial ni de documento público que acredite la falta de sanitarios dispuestos a practicar abortos en los supuestos recogidos por ley, la Consejería de Sanidad de Castilla y León ha estado derivando esta práctica a clínicas privadas durante los últimos años. 

«El problema es que la Administración no conoce la realidad en cuanto a la cantidad de profesiones en cada uno de los hospitales que pueden llevar a cabo este servicio; le faltan datos y conocimientos», valoró Renuncio, quien tildó de «paradoja» esta situación. «Si no hay un registro ni una manifestación por escrito, no sé por qué vías la Administración ha podido llegar a esa conclusión», añadió el ginecólogo y también responsable de ginecología de la Unidad de Atención a la Mujer del hospital de Burgos en referencia a que en la mayor parte de los hospitales se trate de una práctica externalizada. 

«Por desgracia muchos procesos se hacen por inercia y, como funcionan desde muchos años y no hay grandes problemas, la Administración los sigue manteniendo y no se para a evaluar si ese procedimiento es el mejor para la ciudadanía», continuó Renuncio. En su análisis, consideró que un procedimiento puede haber sido el más idóneo en otra época, pero resulta necesario evolucionar, porque la sociedad y la legislación han ido cambiando. 

Para aclarar cuál es realmente la situación, en septiembre del año pasado este periódico solicitó a la Consejería de Sanidad datos sobre el número de ginecólogos objetores de conciencia y el número de facultativos que sí están en disposición de realizar interrupciones del embarazo en cada una de las áreas de salud de Castilla y León. El departamento que dirige Alejandro Vázquez se negó entonces a proporcionarlos, alegando que para recabar esas cifras sería necesaria una acción previa de elaboración, una de las causas previstas por la ley de acceso a la información pública para no proporcionar una respuesta. Pero en este caso, no tiene cabida. Recurrida la resolución de Sanidad ante la Comisión de Transparencia, ésta concluye que Sacyl no puede escudarse en esa causa de inadmisión y debe facilitar los datos solicitados. 

Recuerda la Comisión de Transparencia que, según el artículo 19 bis de la Ley de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, aprobada en 2010, los profesionales deben manifestar su rechazo o negativa de manera individual, con antelación y por escrito, tumbando lo expuesto por Sanidad. 

Justificaban en este sentido que los profesionales podían acogerse a este derecho con una mera declaración particular no sistematizada, lo que imposibilitaba el recuento de cuántos quedarían exentos de practicar estos procedimientos.  Esto es, a su juicio, bastaba con que comunicasen su decisión de forma verbal a los responsables de sus áreas.

Ante esta tesitura, cabe preguntarse: si los gestores desconocen cuántos profesionales están disponibles, cómo pueden argumentar que las interrupciones deben externalizarse ante la imposibilidad de garantizar esa prestación por falta de recursos propios? Lo cierto es que, sin demostrar si es o no necesario, la Junta desembolsa cada año más de medio millón de euros en este concepto. 

A la hora de elaborar los documentos para contratar las interrupciones voluntarias de embarazos Sanidad se refugia en términos genéricos y sin datos precisos. Normalmente las gerencias de las diferentes provincias aluden  a la «imposibilidad» de asumir los procedimientos con personal propio, como fórmula más habitual empleada en el capítulo de ‘necesidades’ de los pliegos. Otras veces hace incluso referencia a que «todos los ginecólogos» se han acogido a la objeción de conciencia, como ocurre en León, Valladolid o Segovia. Todos.

Así que muchas mujeres tienen que desplazarse cientos de kilómetros, pues la mayoría de gerencias de áreas de las provincias de la autonomía tienen contrato con Ginemédica, con sede en la capital vallisoletana. Si una mujer vive en El Bierzo (León) o en Las Batuecas (Salamanca) tiene que venir hasta la Ciudad del Pisuerga si quiere que el coste del procedimiento lo asuma la Seguridad Social. Sin olvidar que las féminas de Soria tienen que viajar hasta Madrid. 

Da igual que sea porque las mujeres simplemente así lo han decidido antes de las 14 semanas de gestación, porque exista riesgo para ellas o porque el feto sufra malformaciones. En todos los supuestos tienen que desplazarse lejos de sus hospitales de referencia, a pesar de que la ley insta a los servicios públicos a organizarse para disponer de personal que atienda esta prestación en los hospitales públicos y de considerar que acudir a un centro acreditado privado debe ser una excepcionalidad.   

«Que la mujer tenga que desplazarse contribuye a una estigmatización que va en contra de algo que la sociedad tiene normalizado; la Administración está contribuyendo a que perduren tabúes», consideró el  vocal de la junta directiva de la Sociedad Española de Contracepción. 

«La calidez, la cercanía o la confianza con los profesionales que te han ayudado en otros episodios de tu vida no lo tienen fuera; las atienden en un ámbito más hostil y más penoso, continuó Abel Renuncio antes de añadir que, según su punto de vista, la red pública «no puede contribuir» a que las interrupciones se hagan «en unas condiciones peores a las que puede realizar con sus propios medios y recursos».    

En todo caso, el refugio de imprecisión en el que ha vivido la Consejería desde que se aprobase la ley que regula las interrupciones voluntarias del embarazo se ha quedado sin los pilares que lo sustentaban y Sanidad tendrá que poner a disposición de este medio de comunicación los datos sobre la cifra de facultativos que no quieren llevarlos a cabo.

Si no pueden aclarar de forma específica la cifra de objetores y la cifra de sanitarios en disposición de practicar abortos en cada área de salud de la Comunidad, tienen que motivar la causa de por qué no los desagrega. 

En todo caso, están obligados a remitir «el número de ginecólogos con los que contaba el Servicio Sanitario de Castilla y León para la práctica de interrupciones voluntarias del embarazo, así como el número de ginecólogos que hubieran ejercido el derecho a declarar su objeción de conciencia con relación a dicha práctica. 

Contra la resolución del Comisionado de Transparencia sólo cabe interponer un recurso ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo.  

Registro de objetores modulado por casos

El derecho a la objeción de conciencia no es «a todo o nada». Cada profesional tendría que poder «modular la objeción» y decidir «en qué casos quiere ejercer ese derecho y en qué casos no», según considera la Sociedad Española de Contracepción, en palabras de uno de los vocales de la junta directiva, Abel Renuncio. «Puede haber profesionales que objeten cuando una mujer decide interrumpir la gestación antes de las 14 semanas pero que no objeten cuando hay graves malformaciones fetales o graves riesgos para la vida materna», expresó. 

Por eso, desde la sociedad proponen que el formulario que rellenen los profesionales que intervienen en un aborto no sea tan «estricto» y ya trabajan con el Ministerio de Sanidad para que se pueda regular en función de diferentes casuísticas, en aras de que todas las comunidades ofrezcan una fórmula similar y no haya grandes diferencias entre territorios, sino que haya «homogeneidad». 

Este planteamiento surge de la necesidad de que las autonomías dispongan de un registro, algo que ya planteaba la ley original de 2010, pero en lo que incide la modificación recientemente aprobada, en concreto, fechada el 28 de febrero de este año. 

El nuevo texto reza: «A efectos organizativos y para una adecuada gestión de la prestación se creará en cada comunidad autónoma y en el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA) un registro de personas profesionales sanitarias que decidan objetar por motivos de conciencia respecto de la intervención directa en la práctica de la interrupción voluntaria del embarazo».