La Sociedad Europea de Contracepción propone al Parlamento Europeo regular la Objeción de Conciencia sobre el aborto

07/11/16

El Dr. Roberto Lerxtundi encabeza el grupo de expertos que ha elaborado las recomendaciones previas 

Afectan a los derechos de las mujeres, derechos y obligaciones del profesional sanitario, Instituciones y Asociaciones Profesionales

E l Premio Nacional de Anticoncepción 2016, convocado con motivo del Día Mundial de la Anticoncepción, ha batido el récord de trabajos presentados. La máxima distinción, otorgada por la FEC, fue para la iniciativa del equipo encabezado por el Dr. Roberto Lertxundi, basado en el estudio previo para la legislación en Europa sobre la Objeción de Conciencia sobre la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE). La propuesta contó con el respaldo de la ESC (Sociedad Europea de Contracepción) que otorgó una beca para el desarrollo de este innovador proyecto. El Parlamento Europeo ya ha recibido las recomendaciones que deben facilitar la propuesta definitiva a debatir en el plenario. Ha quedado, así, abierto un debate cuyo horizonte se desconoce. Mas, se ha facilitado a los expertos europeos en contracepción, miembros de la ESC, un cauce para construir más Europa, también desde los derechos sexuales y reproductivos.

El Dr. Lertxundi ha destacado en la presentación del trabajo que la objeción de conciencia en materia de interrupción voluntaria del embarazo precisa de una jurisprudencia que llegue tanto a las instituciones europeas como a los Parlamentos del resto de los países.“La objeción de conciencia no es en España un derecho constitucional. No cuenta con rango fundamental, sólo con rango legal. Se malinterpreta la norma. Es una ley orgánica que requiere mayoría absoluta. El artículo 19 de la Constitución Española da derecho a la   prestación sanitaria del IVE, sin que el acceso y la calidad asistencial resulten menoscabados”. La Ley de Salud Sexual y reproductiva e IVE de 2010 es, a juicio del experto, una de las leyes más avanzadas del mundo. El rechazo o la negativa a practicar el IVE es un derecho individual y hay que manifestarse antes y por escrito.

La vigente Ley de 2010 es el resultado de un debate que aceptó las propuestas del  Comité Español de Bioética con el que también está de acuerdo el Código de Deontología Médica de la Organización Médica Colegial (OMC) de Julio de 2011. “Da respuesta a las razones a favor de regular el derecho a la objeción, así como a la defensa de los derechos individuales y atiende los conflictos de intereses que genera el inicio del derecho”.

 

En la Unión Europea: Regular o no

Para conocer la situación en Europa de la objeción de conciencia hay que remitirse a la resolución nº 1763 del Consejo Europeo, de Octubre de 2010. Insta a regular los Servicios Médicos y Sanitarios de manera que se garantice el derecho de los profesionales a la Objeción y se asegure la plena información a los pacientes, así como se asegure que éstos obtengan el tratamiento adecuado, especialmente en  los casos de urgencia.

Las actitudes que se observan en la Unión Europea son dos: No regular la objeción de conciencia y regular. “Se trata, pues, de posturas incompatibles, por lo que primero que habrá que discutir será decidir si se regula o no. De los 28 miembros que componen la UE son 22 los que ya han establecido unas normas,  otros lo dejan a criterios preestablecidos y algunos (Suecia, Finlandia, Islandia, que solicitó adhesión pero no es miembro) prohíben la regulación”.

El Dr. Lertxundi ha insistido en la necesidad de un consenso internacional sobre la objeción. “El fondo del problema consiste en que, habitualmente, la regulación del derecho a la Objeción de Conciencia del personal sanitario se utiliza contra los Derechos a la Salud de las mujeres especialmente en materia de aborto. Esta circunstancia es manifiesta, particularmente en los países con gran peso tradicional de la iglesia católica: Polonia, Italia, Irlanda, Austria, Malta, Chipre…..regulan en contra de la mujer”.

 

Beca y equipo de expertos de la ESC

Tan diferentes posturas han llevado a la polémica en el plano internacional y originaron un intenso debate en el congreso de la ESC desarrollado en Lisboa. “Nos dimos cuenta de la necesidad de abrir proceso de trabajo para llegar a un consenso en la ESC”. El Dr. Lertxundi tomó, entonces, la iniciativa de solicitar una beca en 2014 a la Sociedad Europea de Contracepción con el fin de buscar el referido un consenso y plantear una prupuesta concreta a las instituciones europeas (Comisión, Consejo, Asamblea, Parlamento Europeo…)

El plan de trabajo establecido fue el siguiente:

Constitución del grupo de expertos.

Primer borrador dirigido al Comité Directivo de la

ESC en Febrero de 2015.

Evaluación respuestas de los miembros del

Comité en Mayo de 2015 y reelaboración del texto

(participaron 26 de los 48 miembros).

Remisión del texto al Comité Ejecutivo de la ESC.

Elaboración de las recomendaciones.

 

Orientación de la propuesta

El grupo de expertos que ha elaborado la propuesta, ya aprobada por la ESC y remitida al Parlamento Europeo, está encabezado por el Dr. Roberto Lertxundi y compuesto por los doctores Gabriele Susanne Merki-Feld (Suiza, Presidenta de la ESC), Modesto Rey (Relaciones Institucionales y Portavoz de la SEC), Sam Rowlands (UK), Christian Fiala (Austria) y Javier Mar (Hospital Alto Deba). El trabajo se dividió en los siguientes apartados: Definición de la objeción de conciencia. Derechos de las mujeres. Derechos de los profesionales sanitarios. Papel de las Instituciones. Recomendaciones

Bien pronto se constataron las dificultades para alcanzar una postura conjunta, tanto en el grupo de expertos como en el Comité Ejecutivo de la ESC. Al haber diferencias se acordó reducir el consenso a nivel de debate.en el seno de la ESC, con dos posturas, como en la UE: No regular o regular en aquellos países que así lo decidan.

 

La propuesta, en el Parlamento Europeo

La propuesta ya ha sido remitida al Europarlamento, para su debate tanto en comisión como en asamblea. A la vez se ha publicado, en abierto, en la web de la ESC (www.escrh.eu).

Las recomendaciones, resultado del trabajo son las siguientes:

Derechos de las mujeres

  • El acceso al aborto voluntario es una parte integral del derecho de las mujeres a la Salud Sexual y Reproductiva.
  • Se recomienda que el derecho a la información y acceso a los servicios de aborto, nunca pueda ser menoscabado aduciendo objeción de conciencia por los profesionales.
  • Ello implica que el estatus de objetor debe ser público para que las mujeres decidan libremente su demanda de aborto.

Derechos y obligaciones del profesional sanitario

  • El profesional objetor no debe trabajar en servicios de aborto.
  • La objeción no puede obstaculizar el derecho de las mujeres al tratamiento óptimo y a la información anticonceptiva.
  • Los periodos de espera para la atención a la IVE deben acortarse al máximo.
  • La atención al aborto tiene un componente basado en la conciencia profesional de quienes la realizan, que debe ser reconocido en términos morales dentro del servicio y la profesión.

Instituciones

  • Los Servicios de Salud deben adoptar las medidas que garanticen que el derecho al aborto voluntario no se limita por la objeción de conciencia

profesional

  • Hay grandes diferencias en los países europeos en sus actuales regulaciones

y, en general, muy pocos países han desarrollado leyes de aborto que protejan los derechos y la seguridad de las mujeres.

  • Resulta imprescindible iniciar procesos de armonización de las normativas en esta materia en Europa.

 

Asociaciones Profesionales

  • Las Asociaciones Profesionales, como la ESC, deberían implicarse en medidas relativas a mejorar los derechos sexuales y reproductivos, con el objetivo de extender el conocimiento sobre anticoncepción, aborto, ITS…
  • Para ello han de facilitar la armonización de las diferentes decisiones políticas que afectan al acceso a la anticoncepción y a la Salud Sexual y Reproductiva en los países europeos.
  • Deben de constituirse desde el punto de vista científico en interlocutores de las instituciones políticas.
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El Dr. Roberto Lertxundi recoge el Premio Nacional de Anticoncepción 2016