La SEC valora positivamente la aprobación de la IVE en Argentina

21/06/18

La nueva ley establece la IVE legal, segura y gratuita en un país con 450.000 abortos clandestinos al año

L a Sociedad Española de Contracepción (SEC) valora de forma positiva, y muestra su público respaldo, la aprobación, por la Cámara de Diputados de Argentina, de la ley que legaliza, en aquel país, la interrupción voluntaria del embarazo (IVE). Se estima que así se atiende una demanda social que se agrava al conocer que en la República de Argentina casi 50.000 mujeres son internadas cada año por complicaciones derivadas de abortos y buena parte de las cuales pierden la vida. La aplicación de la nueva legislación se juzga que ayudará a combatir el creciente aborto clandestino.

Según la SEC la actual Ley de salud sexual y reproductiva e IVE está resolviendo en España, en condiciones sanitarias adecuadas y con las debidas garantías jurídicas, la demanda de aborto en nuestro país. Considera que es la mejor garantía para la salud y los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres. La Sociedad Española de Contracepción ha reclamado, repetidamente, desarrollo definitivo del título primero de la citada ley que, bajo la rúbrica “De salud Sexual y Reproductiva” aborda de manera coherente los elementos necesarios para una adecuada prevención en salud sexual y reproductiva (embarazos no deseados y las infecciones de trasmisión sexual, ITS.) y el desarrollo de una sexualidad saludable, placentera y responsable.

 

La SEC valora positivamente la aprobación de la IVE en Argentina
Manifestación en Buenos Aires a favor de la IVE legal, segura y gratuita
La Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) se encuadra entre las leyes y políticas recomendadas por los organismos internacionales para proteger la salud y los derechos humanos de las personas gestantes. Argentina observaba hasta hace días un régimen legal restrictivo que sólo reconocía el derecho a la Interrupción Legal del Embarazo, es decir la posibilidad de abortar por determinadas causales específicas.En Argentina la aprobación de la ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo elimina las restricciones hasta ahora vigentes y define el aborto legal, seguro y gratuito como un derecho universal para todas las gestantes, pasando a formar parte de la prestación obligatoria de salud, tanto pública como privada. La IVE es estimada como un paso hacia el pleno ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos de las personas gestantes.

Cada año se realizan en Argentina alrededor de 450.000 abortos clandestinos. Como consecuencia de la clandestinidad, se registra una media de 135 ingresos hospitalarios al día. El aborto inseguro es la principal causa de mortalidad materna en los últimos 30 años. Entre 2010 y 2015, las muertes por consecuencias de abortos inseguros representaron casi el 20% de la mortalidad materna. Se estima que todas esas muertes son evitables con abortos seguros. La criminalización no impide los abortos y empuja a las personas gestantes a la clandestinidad, vulnerando todos sus derechos.

La Organización Mundial de la Salud (OMS) indica que los países con las legislaciones menos restrictivas con respecto a la interrupción del embarazo son también los que tienen tasas menores de mortalidad materna y de incidencia de complicaciones derivadas de abortos inseguros. La experiencia de países con acceso al aborto legal, seguro y gratuito demuestra que, con esta herramienta, las tasas de Interrupción Voluntaria del Embarazo se mantienen estables o incluso descienden.

El aborto legal ha ganado en la Cámara de Diputados y en las calles. En una votación muy reñida, que se prolongó durante 23 horas, los legisladores aprobaron el proyecto de ley para la interrupción voluntaria del embarazo por 129 votos a favor y 125 en contra. Hasta ahora el aborto era ilegal en Argentina, excepto en casos de violación y de riesgo para la salud de la madre. Las mujeres que interrumpían su embarazo se enfrentaban a penas de cárcel de entre uno y cuatro años.

La nueva ley garantiza todos los derechos reconocidos en la Constitución Nacional y los tratados de derechos humanos ratificados por la República Argentina, en especial los derechos a la dignidad, la vida, la autonomía, la salud, la integridad, la diversidad corporal, la intimidad, la igualdad real de oportunidades, la libertad de creencias y pensamiento y la no discriminación. En ejercicio de estos derechos, toda mujer gestante tiene derecho a decidir la interrupción voluntaria de su embarazo de conformidad a lo ya aprobado.

La nueva ley argentina

El artículo 3º de la nueva ley establece en la República Argentina el derecho a acceder a la interrupción voluntaria del embarazo con el solo requerimiento de la mujer o persona gestante hasta la semana catorce (14), inclusive, del proceso gestacional. Fuera del plazo dispuesto, se garantiza el derecho de la mujer o persona gestante a acceder a la interrupción voluntaria del embarazo en los siguientes casos:

Si el embarazo fuera producto de una violación, con el solo requerimiento y la declaración jurada de la mujer o persona gestante ante el profesional de salud interviniente.

Si estuviera en riesgo la vida o la salud la mujer o persona gestante, considerada como derecho humano.

Si se diagnosticara la inviabilidad de vida extrauterina del feto.

El flamante texto legal incluye la creación de un registro de objetores de conciencia en el que podrán inscribirse los médicos, pero no los centros de salud, que siempre deberán garantizar la práctica y sólo podrán derivar ante excepciones. En el caso de las menores de 16 años, «la interrupción voluntaria del embarazo se debe realizar con su consentimiento informado en los términos del artículo anterior y conforme lo dispuesto en el artículo 26 del Código Civil y Comercial, en concordancia con la Convención sobre los Derechos del Niño, la Ley 26.061 y el artículo 7° de su decreto reglamentario. En particular, debe respetarse el interés superior del/a niño/a o adolescente y su derecho a ser oído».

La mujer tendrá derecho a acceder a la práctica de manera gratuita en un plazo máximo de cinco días, y una vez solicitada la interrupción del embarazo, el centro médico tiene que garantizarle a través de consejerías «información adecuada; atención previa y posterior a la interrupción voluntaria del embarazo de carácter médica, social y psicológica».